Luego de meses de espera, salió el fallo del juez Fabián Lorenzini, que denegó la oferta de Vicentin a los acreedores, pese a que tenía el aval de la mayoría exigida por ley. La compañía adelantó que apelará la medida por “arbitraria e infundada”.
La tarde de este viernes se vio sacudida al conocerse un fallo del juez que entiende en la causa del concurso de acreedores de Vicentin, Fabián Lorenzini, quien decidió finalmente rechazar el plan de pagos propuesto por la empresa a los acreedores.
Una de las principales consecuencias de esta decisión, es que implica inmediatamente la apertura del denominado “crawn down”; es decir, que cualquier empresa o grupo de empresas que tenga una propuesta superadora -a la que rechazó el juez- pueda presentarse con el fin de ofrecer una solución que evite la quiebra de la compañía.
Hasta ahora, la propuesta de pago de Vicentin estaba atada a un salvataje conjunto de las empresas Viterra, ACA y Bunge, que ahora quedó en stand by, salvo que sean esas mismas compañías las que mejoren la oferta. Pero atadas a que pueda venir otra y presentar una opción superadora.
Mientras tanto, la firma oriunda de Avellaneda (Santa Fe) anticipó su decisión de apelar el fallo de Lorenzini.
“Habiendo tomado conocimiento de la reciente decisión judicial y ejerciendo sus legítimos derechos, Vicentin apelará la resolución por ser manifiestamente arbitraria e infundada, solicitando además la suspensión inmediata de sus efectos para evitar la configuración de perjuicios irremediables”, indicó en un escueto comunicado firmado por su directorio.
LOS MOTIVOS DEL RECHAZO A VICENTIN
Al justificar su decisión, Lorenzini destaca que Vicentin haya podido armar una propuesta de pagos que además tiene la mayoría que requiere la ley, tanto de cantidad de acreedores que la avalan como del capital incluido.
No obstante, el juez entiende que hay problemas con la modalidad con la que se ejercerían los pagos, que no son justos -según el magistrado- para los acreedores.
“¿Por qué no es posible homologar la propuesta? Si bien tiene ndicadores potencialmente favorables, entendemos que el impedimento surge de la desigual distribución del esfuerzo entre los acreedores y la sociedad concursada”, subraya Lorenzini en el escrito judicial.
En concreto, lo que sostiene el juez es que advierte una “transferencia excesiva e injustificada del pasivo concursal sobre las espaldas de aquellos acreedores que no perciben el 100% de sus acreencias dentro de los primeros 365 días de la propuesta“.
Para profundizar, en tanto, Lorenzini enumera cuatro puntos que son la base de su oposición a la propuesta de pago que esperaba ser aprobada por Vicentin para iniciar la cancelación de su abultado pasivo:
Para Lorenzini, Vicentin “no ofrece pautas claras para los acreedores que deberán esperar 12 años para cobrar el saldo de sus créditos”. Menciona que del análisis realizado sobre los contratos vinculados acompañados, no surge cuál será el resultado patrimonial de su tenencia; no organiza sistemas que respeten la libertad de los acreedores. “Dichas herramientas legales -u otras semejantes- podrían haber servido como argumento razonable para imponer legalmente un acuerdo a las minorías disconformes o silentes, al equilibrar la diversidad de tratamiento crediticio de una manera aceptable”, opina el juez.
También menciona que la propuesta “no permite la libre disponibilidad de dichas acciones o títulos de deuda para que sus tenedores obtengan liquidez inmediata en el mercado cambiario o en mercados secundarios, si así lo desean”.
Asimismo, “no contempla un plan de reorganización empresaria que disponga con certeza cuál será el destino de las unidades de negocios y los trabajadores de la ciudad de Avellaneda, durante el plazo de cumplimiento del acuerdo”. .
Por último, subraya que “no organiza un mecanismo legal trazable para la emisión de acciones que serán luego entregadas al fideicomiso e indirectamente titularizadas por los acreedores concurrentes. De tal suerte, este aspecto esencial de la propuesta no está esclarecido, quedando en un terreno de incertidumbre que el proceso concursal no puede soslayar”.
LOS INTERESES, OTRO ASPECTO CONTROVERSIAL
En paralelo, Lorenzini también considera que no es adecuada la propuesta de Vicentin en relación a los intereses planteados para pagar la deuda.
“En un escenario internacional como el actual, de altas tasas de interés en dólares, sumado al índice riesgo país de la Argentina (aspectos directamente ligados a las condiciones de financiamiento del capital de trabajo para la industria oleaginosa), no resulta legalmente aceptable que aquellos saldos de capital impago no tengan ninguna aptitud para general en forma inmediata alguna rentabilidad”, enfatiza el documento.
Y completa: “En función del tiempo que deberían aguardar los acreedores para el cobro conforme a la propuesta y luego de haber señalado la diferencia entre el valor nominal de la misma y valor actual neto por cada año de plazo previsto para la realización del último pago en favor de los acreedores verificados, concluimos que este sacrificio que se impondría a los acreedores excede el límite de lo legalmente admisible“.